A lo largo de nuestra trayectoria como asesoría laboral en Huesca, hemos observado que son muchos los empresarios que se ponen en contacto con nosotros durante esta época del año, porque desean aumentar su plantilla de forma temporal de cara a la campaña de Navidad. Por esta razón nos gustaría aprovechar estas líneas para explicarte cuál es el tipo de contrato más recomendable.

Si deseas hacer frente a la demanda que se produce durante estos meses, te recordamos que puede utilizarse el contrato de duración determinada. Según el Estatuto de los Trabajadores, este tipo de contrato es válido en varios casos:

-          Cuando se contrata a un trabajador para llevar a cabo una obra o servicio determinado, cuya duración limitada en el tiempo sea incierta

-          Cuando las circunstancias del mercado (acumulación de tareas o aumento de pedidos) así lo exigieran, aún tratándose de la actividad normal de la compañía.

Lo que sucede es que, si las mimas necesidades de personal se repiten cada campaña, estaríamos ante un caso de relación laboral fija discontinua, la cual también aparece reflejada en el Estatuto de los Trabajadores.

Como asesoría laboral en Huesca, queremos advertirte de que en la actualidad existen varias sentencias judiciales que declaran los contratos eventuales por circunstancias de la producción fraudulentos a la hora de utilizarse en la campaña de Navidad. Se entiende que el aumento de actividad por esta época del año ya se considera cíclico o previsible, formando parte de la actividad normal de la empresa.

Por este motivo, desde Gestoría Ardanuy te recomendamos que antes de preparar los contratos para la campaña de Navidad, confíes en nuestros profesionales para que estos sean confeccionados conforme a los modelos oficiales y para asegurarte de que se llevan a cabo correctamente los trámites que se desprenden de este tipo de contrataciones.